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¿A qué edad debería comenzar a ahorrar para mi jubilación?

¿A qué edad debería comenzar a ahorrar para mi jubilación?

Como todos sabemos, el futuro de las pensiones resulta algo incierto para todos los españoles. Según un estudio del ING, 9 de cada 10 personas cree que no recibirá una pensión pública cuando se jubile o no será suficiente para mantener su nivel de vida.

Aun sabiendo la que se nos viene encima, muy pocos españoles se han planteado alguna estrategia para poder garantizarse su jubilación, según el informe del banco naranja, 7 de cada 10 de los encuestados no se había planteado hacer algo al respecto.

En general, tendemos a infravalorar la importancia de ahorrar para nuestra jubilación, especialmente en los jóvenes por la gran cantidad de tiempo que nos queda disponible, “ya tendremos tiempo para ahorrar en un futuro”.

El problema es que el tiempo es el elemento vital para poder conseguir rentabilidad para nuestra jubilación. Es la base del interés compuesto, cuanto antes, mejor.

El momento ideal para comenzar a ahorrar es al incorporarse al mercado laboral, por el gran margen de tiempo del que disponemos. Cuanto antes empecemos, menor esfuerzo tendremos que realizar para conseguir nuestro objetivo. “El mayor aliado en una inversión a largo plazo es el tiempo y, en este sentido, una de las grandes ventajas de empezar cuanto antes es que permite que el interés compuesto trabaje por nosotros”, explica José González, director de pensiones en Santander.

En resumen, cuanto antes se empiece a acumular capital, mayor efecto tendrá sobre nuestro salario final.

Lo importante es lograr un hábito y no abandonarlo, mantener las cantidades que destinamos para nuestro plan.

Ahora bien, puestos a estudiar soluciones, qué es mejor, ¿contratar un plan de pensiones o un plan de ahorro?

En un primer análisis, el plan de ahorro suele ser más interesante, debido a la posibilidad de tener el dinero mucho más disponible. Por el contrario, el plan de pensiones puede ser más interesante por sus ventajas fiscales en la reducción de la base imponible dentro de la declaración de la renta.

A continuación, estudiaremos ambos más a fondo:

  • Plan de ahorro.

Los planes de ahorro tienen características distintas en cuanto a rentabilidad y disponibilidad, dependiendo de la entidad donde se contrate. Lo que si es cierto es que todos funcionan igual a la hora de la fiscalidad, ya que sólo se tributa por la parte en beneficio. Sin embargo, si se rescata antes de tiempo, se tributa por el valor en su conjunto.
Otra característica de los planes de ahorro es que son productos muy seguros, garantizándote el 85% de tu capital invertido, pudiendo inlcuir en el plan títulos de renta fija o variable.

Es necesario que para tributar únicamente por beneficios, se cumplan 5 años de vigencia, aunque recalco, depende de cada plan de ahorro (ya que hay bastantes que ofrecen la disponibilidad a los dos años).

Si no mantienes dicha vigencia, tributarás por el capital total, es decir, los beneficios mas el capital inicial y tus aportaciones.

Se gravarán al 19% los primeros 6.000 euros, al 21% hasta 50.000 euros y cantidades superiores, al 23%.

  • Plan de pensiones.

Es el único producto de ahorro cuyas aportaciones se desgravan en la base imponible del IRPF, con un límite de 8000 euros anuales (aunque según la revisión para Enero de 2021, el límite de aportación anual se situará en los 2000 euros anuales).

En los planes de pensiones, se suelen aplicar comisiones y penalizaciones si retiramos el dinero antes de la jubilación.

En este activo, se tributa por IRPF al capital en su conjunto. En otras palabras, el dinero que recuperes del plan de pensiones, tributará del mismo modo que las rentas del trabajo (como hacen las nóminas). Los tramos que se manejan actualmente son los siguientes.

  1. 0 a 12.450 € = 19 %
  2. 12.451 € a 20.200 € = 24 %
  3. 20.201 € a 35.200 € = 30 %
  4. 35.201 € a 60.000 € = 37 %
  5. Más de 60.001 € = 45 %

Si optas por rescatar el plan de pensiones en forma de capital, es decir, recuperar todo el dinero de golpe, debes sumar a los rendimientos de ese ejercicio la cantidad económica acumulada en el fondo, de modo que es muy probable que tributes al tipo máximo del 45%.

Por tanto, podemos concluir que el fondo de ahorro supone una menor tributación, ya que además de tributar únicamente por los beneficios, los intereses son mucho menores.

Los planes de ahorro vienen mejor para aquellos ahorradores que inviertan una cantidad de capital moderada, ya que además de lo comentado en cuanto a tributación, ante cualquier imprevisto podemos disponer de nuestro capital y que no nos apliquen comisiones.

Por el contrario, si tenemos una gran cantidad de capital ahorrado para invertir en un plan de pensiones, puede compensarnos más, ya que cuanto más se aporta, más se desgrava del IRPF y por tanto, tributaremos menos en el IRPF a pesar de tributar más en el plan de pensiones.

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